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martes, 10 de noviembre de 2015

Bla Bla Car y Uber

En nuestra primera entrada nos disponemos a comentar la situación que se ha vivido en España y en el el resto del mundo  con respecto a las aplicaciones mencionadas en el título. Para el que no se le suene ninguna, estas aplicaciones consisten el conectar a gente que ofrece transporte y personas que lo demanden. Pero cada una es un mundo distinto.

 Blablacar

 Blablacar es una red social que conecta personas particulares para que compartan los gastos de un viaje en coche
Cuando un conductor propone un viaje y pone su coche a disposición de los usuarios, Blablacar le sugiere una cantidad y finalmente el conductor fija un precio  y la plataforma cobra a cada usuario/pasajero una comisión del 10% más IVA.
España es el primer país en el que Blablacar -que opera en 19 mercados- se enfrenta a una demanda. La compañía tiene 20 millones de usuarios en el mundo, de los que 2,5 millones son españoles.

¿Pero es ilegal? Para responder a esta pregunta debemos acudir a la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), cuyo artículo 101 asegura que "los transportes privados particulares no están sujetos a autorización administrativa".
Además, la ley determina que "en ningún caso, salvo el supuesto de percepción de dietas o gastos de desplazamiento para su titular, el transporte particular puede dar lugar a remuneraciones dinerarias directas o indirectas", una aclaración que, en principio, parece salvar a BlaBlaCar
En Blablacar lo tienen claro, compartir gastos es legal. No se trata de una retribución económica, sino de la compartición de los gastos asociados a ese trayecto en común.

Uber


Uber es un servicio norteamericano que pretende hacer más fácil el alquiler de coches con conductor. Su funcionamiento se basa en sustituir a los taxistas profesionales por particulares. El cliente pone un "anuncio" en la app diciendo su posición y a dónde quiere ir. El conductor recibe una fianza antes del trayecto y posteriormente al finalizarlo el pago al completo, y éste debe abonar una comisión a Uber por ser el intermediario   

 El problema llega cuando miramos el artículo 101 capitulo IV de la Ley de Ordenación del Transportes Terrestres donde los conductores particulares solo pueden cobrar cuando el importe sirva para pagar los gastos de desplazamiento. 

El 9 de diciembre de 2014 el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ordenó el cese de Uber en España. Tras el cierre Uber decidió demandar a España ante la Unión Europea por las medidas utilizadas por la justicia Española.  
Protestas en Madrid contra Uber

La aplicación sigue activa en 310 ciudades, pero ciudades y países  como Madrid, París, Sidney, México, Nueva Delhi, San Francisco, Las Vegas, Hamburgo, Vancouver, Vietnam, Tailandia y Holanda también han optado por prohibir dicha aplicación. 

Opinión 

Creemos que la aplicación Blablacar debería seguir estando vigente siempre y cuando se controle el número de viajes que hace cada usuario como conductor haciendo así que nadie se pueda beneficiar de los trayectos siendo un particular. 
Asimismo pensamos que la aplicación Uber debería ser desarticulada en todos los países ya que se trata de un intrusismo laboral 

Huelga  de taxistas en Londres